¿Sabes cuál es la ley que regula el delito de plagio? En Legaling queremos ampliar tu información sobre el famoso delito de plagio. Conocerás qué leyes españolas amparan a los afectados y cuáles son las responsabilidades de cada una de las partes. Ten en cuenta que los delitos contra la propiedad intelectual pueden llegar a tener consecuencias graves con multas sumamente altas.
El delito de plagio: Un problema histórico
Desde tiempos inmemorables el plagio ha sido ha sido un tema de debate entre expertos y aficionados. A lo largo de los años personas de todas partes del mundo han acusado a otros de copiar sus obras, ideas, libros, etc.
El delito de plagio es bastante antiguo pues se remonta al siglo I con el poeta Marcial, quien utilizaba la palabra plagiario para denominar a todas las personas que secuestraban o robaban niños y esclavos; no obstante, se sabe que en uno de sus epigramas acusaba a otro autor de adaptar sus obras.
Con el pasar de los años, más personas comenzaron a utilizar el término para referirse a un robo intelectual, fue en la gestación de la figura del autor moderno que la palabra pasa a significar legalmente como la acción de copiar un material y presentarlo como propio. A partir del siglo XIX empezaron a realizarse leyes jurídicas que protegían a los artistas, escritores, músicos, etc.
El término ha evolucionado y ya no solo se refiere a obras literarias y musicales, también se refiere a ideas, conceptos y mucho más. De hecho, con la llegada del Internet el plagio pasó a ser un problema cada vez más común y descontrolado. Esto último es parte de la razón por la cual las leyes se han vuelto más estrictas con el delito de plagio.
El delito de plagio: ¿Qué es y cuántas leyes hay?
Como probablemente ya sabes, el delito de plagio es definido por la Real Academia Española como la acción de “copiar en lo sustancial obras ajenas, dándolas como propia”. Este es un delito que atenta con las leyes derechas de autor; que se trata de un conjunto de normas jurídicas y legales donde los derechos morales y patrimoniales protegen a los autores y a sus creaciones pedagógicas, literarias, musicales, artísticas y científicas.
El principal problema radica en que una persona roba el material de otro y lo hace pasar como propio sin tener ningún tipo de permiso y gana dinero o reconocimiento por la obra.
El término, como explicamos con anterioridad, abarca ideas, conceptos, diseños, textos, párrafos, entre otros. Ten en cuenta que este delito también incluye a las tesis pues esto último forma parte de la propiedad intelectual de un individuo o un grupo.
Cuando hay una acusación del delito de plagio, donde la parte afectada y el plagiario van al juzgado, una de las pruebas más concretas que se muestra son las partes robadas por el imitador; no obstante, aunque no lo creas, a veces es difícil determinar si realmente se incurrió en este delito o si hubo algún ánimo de lucro.
Hay muchas leyes que tocan el tema. La Ley de Propiedad Intelectual en el artículo 17 explica que la persona que tiene derecho exclusivo de explotación de una obra es el autor u otro individuo o grupo autorizado; de otro modo, el derecho de reproducción, distribución, comunicación pública y transformación recae en el creador de la obra; exceptuando los casos que indica la ley.
Por otro lado, el artículo 14 de la misma ley enumera todos los posibles derechos irrenunciables e inalienables entre los que destacamos que los creadores pueden y deben exigir el reconocimiento que merecen por la obra realizada.
Asimismo, el autor tiene la capacidad de retirar su obra del comercio si sus convicciones intelectuales o morales son violentadas; en este punto los terceros tienen que realizar una indemnización por los daños y perjuicios ocasionados a los titulares de derechos de explotación.
El delito de plagio: Cuáles son las sanciones más comunes
Por su parte, el Código Penal también cuenta con un apartado para referirse al delito de plagio indicando la cantidad de meses o años de prisión tendrán el plagiador o la multa que obtendrá.
El artículo 270 explica con bastante claridad que será castigado con pena de prisión a toda persona que obtenga un beneficio económico, directo o indirecto, por la reproducción, plagio, distribución, comunicación pública o cualquier medio de explotación de una obra la cual no le pertenece ni está autorizado por el autor original o por los titulares de los derechos de propiedad intelectual.
La condena sería de seis meses a cuatro años de prisión dependiendo de la gravedad del caso, por su parte la multa quedaría de 12 a 24 meses; el monto varía la situación.
Esta condena también se impondrá a quien “con ánimo de obtener un beneficio económico directo o indirecto, y en perjuicio de tercero, facilite de modo activo y no neutral y sin limitarse a un tratamiento meramente técnico, el acceso o la localización en internet de obras o prestaciones objeto de propiedad intelectual sin la autorización de los titulares de los correspondientes derechos o de sus cesionarios.”
En todos los casos explicados los jueces tienen la potestad de ordenar la inmediata retirada del objeto, obra, idea, etc. En el caso de que la distribución sea por medio de página web, se ordenará la interrupción de la prestación del mismo. Las medidas cautelares tendrán como objetivo la protección de los derechos de propiedad intelectual.
No obstante, la sanción puede ser menor si las consecuencias del plagio no son tan trascendentales, es decir, si el beneficio económico ofrece una cuantía bastante reducida. La pena sería de una multa de uno a seis meses o 31 o 70 días de trabajos en beneficio de la comunidad.
Por su parte, el artículo 271 establece las sanciones para los delitos más graves; por ejemplo, cuando el beneficio económico es exuberante o si el culpable pertenece a una banda o grupo dedicado a realizar plagios.
El periodo carcelario sería de dos a seis años y multa de 18 a 36 meses, además de inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión que esté relacionada con el delito.
¿Qué opinas del delito de plagio? Respóndenos en la sección de comentarios y no olvides compartir este artículo en tus redes sociales.