En Legaling siempre ofrecemos la información de tipo legal que pueda ser de ayuda en muchas situaciones, como es el caso de los testamentos. En este sentido, una declaración de herederos es un documento legal que se emplea para determinar quiénes son los herederos de una persona fallecida cuando no hay un testamento válido o cuando el testamento no nombra a todos los herederos posibles.
Este tipo de procesos son gestionados en diferentes puntos, como la oficina de Interfunerarias en Bilbao. Lo importante que hay detrás de este proceso es que la distribución que se lleve a cabo entre los herederos legales sea siempre la más justa y equitativa. Esta declaración deberá presentarse ante un juez o notario, teniendo que ser firmada por testigos que puedan atestiguar la veracidad de las declaraciones realizadas en el documento.
¿Cómo debe hacerse una declaración de herederos?
Como hemos dicho antes, la declaración de herederos en un proceso legal que puede variar dependiendo del país o de la región donde se lleve a cabo. En el caso de España, esta deberá hacerse ante un notario, desde la Ley de Jurisdicción Voluntaria de 2015, lo que simplificará el trámite.
Este proceso, como nos comentan InterFunerarias en el artículo de su blog sobre este tema, el proceso se podrá llevar a cabo cuando el difunto tenga ascendientes, descendientes o cónyuges a los que dejar bienes. En algunos casos será el juez el que resuelva quienes son los herederos. Estos son:
- Cuando se declare nulo el testamento.
- Cuando uno de los herederos fallezca antes del testador sin que el mismo testamento lo haya recogido o cuando ese mismo documento se hayan nombrado legatarios pero no herederos.
Con ello, para entender mejor esto es necesario conocer la diferencia entre heredero y legatario. El primero será heredero universal de los bienes y deudas, mientras que el segundo solo adquiere bienes concretos sin responder al pasivo de la herencia.
Cuáles son los pasos para tramitar la declaración de herederos
Lo primero que debe ocurrir es que los implicados deberán personarse en la oficina notarial de la misma localidad donde se encuentre el último domicilio del difunto, o en su defecto, la residencia habitual de este. También se podrá llevar a cabo el proceso donde esté la mayor parte de la herencia, en el lugar donde se ha producido el fallecimiento o en alguna localidad cercana.
Será el notario el que se encargue de tomar nota del interés y de hacer las comprobaciones pertinentes para asegurarse de que las personas que solicitan el procedimiento son herederos legítimos. Tras eso, levantará acta notarial, donde quedarán constatados los nombres y direcciones de las personas implicadas.
Este documento deberá ser firmado por los interesados, pudiendo incluso solicitar defensa judicial, para que pueda velar por los herederos en casos especiales, como serían los menores de edad.
En este sentido, también se deberán recoger diferentes pruebas documentales, como el DNI del fallecido, certificado de empadronamiento, certificado oficial de defunción, certificado del Registro General de Actos de Última Voluntad, etc. También deberán presentarse los certificados de nacimiento de los herederos. Certificados de defunción de aquellos herederos que hayan fallecido, libros de familia o certificados del Registro Civil, que muestren el parentesco del fallecido con los implicados.
Si alguno de los solicitantes no tiene interés directo en la herencia, los dos testigos propuestos serán los que hagan la prueba testifical. En el caso de que a los dos meses no apareciera ningún interesado, la herencia quedaría declarada como vacante.
Tras esta declaración de herederos, el paso posterior sería la aceptación de la herencia, donde se manifiesta la intención de hacerse con los bienes dejados en herencia o bien renunciar a esta.
Esperamos que con toda esta información os haya podido quedar claro en qué consiste la declaración de herederos. En Legaling siempre estamos al día de los procesos y novedades dentro del mundo jurídico. Si quieres conocer más sobre este sector, no te pierdas ninguna de nuestras publicaciones.