criterio de proporcionalidad

¿Quieres conocer qué significa principio de proporcionalidad y por qué es tan importante al momento de realizar una sentencia? En Legaling te explicaremos los elementos básicos que debes conocer del principio de proporcionalidad y cuáles son los artículos de la Constitución Española (CE) en los que se ampara.

juicio de proporcionalidad

¿Qué es el principio de proporcionalidad y qué dice la ley?

Lo primero que debes saber es que se estableció esta idea para evitar la promulgación de excesivas, desmedidas e innecesarias sanciones a un acusado, que logran privar o restringir la libertad del mismo. En esencia, impide que se despojen de los derechos fundamentales establecidos en la constitución.

El principio de proporcionalidad está amparado por varios artículos de la Constitución Española, el primero sería el artículo 1.1, donde se habla del estado español como un país cuyos valores principales son la libertad y la justicia entre otros:

“España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político”, art. 1.1 de la Constitución.

Por otro lado, también vemos reflejado este principio en el artículo 10, pues proclama sobre los derechos inviolables y la dignidad de la persona:

“La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz social”.

En su núcleo explica la esencia de una intervención penal al momento de imponer de manera justa y correcta sanciones a comportamientos delictivos. Todo esto con la garantía de que el castigo no excederá el mal que ha realizado el acusado ni se le violentarán sus derechos primarios.

El artículo 15 de la CE deja en claro que todos tienen de derecho a la vida e integridad física y moral; no importa si se trata de un acusado, civil o un miembro del orden público, bajo ninguna circunstancia debe de haber torturas y tratos inhumanos a los ciudadanos:

“Todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral, sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes. Queda abolida la pena de muerte, salvo lo que puedan disponer las leyes penales militares para tiempos de guerra”.

El proceso sancionador y el principio de proporcionalidad

El proceso sancionador es cuando, a través de una serie de actos, la administración tiene la potestad de desplegar sanciones garantizando los derechos de los administrados; su peculiaridad recae en el rechazo a sanciones dictadas a través de un proceso que debe ser regulado normativamente:

“Nadie puede ser condenado o sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan delito, falta o infracción administrativa, según la legislación vigente en aquel momento”, art.25.1 de la CE.

principio de proporcionalidad derecho administrativo

El proceso sancionador de la administración trabaja con varios principios fundamentales:

  • Principio de irretroactividad
  • Principio de responsabilidad
  • Principio de prescripción
  • Principio non bis in ídem
  • Principios de legalidad y tipicidad
  • Principio de proporcionalidad.

Este último es en el que nos enfocaremos en esta oportunidad. El principio de proporcionalidad en el proceso sancionador busca modular la sanción de acuerdo al contexto, así como a las circunstancias atenuantes y agravantes por parte del acusado al momento de cometer el acto.

En este sentido, los artículos 9.2 y 9.3 señalan con mucha claridad que los poderes públicos son los encargados de promover la libertad e igualdad en los ciudadanos; por tanto, señala la prohibición de la injusticia, arbitrariedad y atropello de los entes del estado:

“Corresponde a los poderes públicos promover las condicionespara que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social.

La Constitución garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos”.

Entonces, las penas entregadas por las justicia, aunque muy necesarias, tienen que ser proporcionales a la gravedad del delito que cometió el acusado y a las circunstancias. Este principio ayuda a la administración a seleccionar una sanción pertinente, con una extensión, grado y duración equilibrada al hecho sancionado.

Para solicitar un juicio que trabaje con el principio de proporcionalidad, se tiene que tener en la resolución todos los datos, antecedentes y testimonios para que los órganos competentes puedan llevar a cabo dicho juicio proporcional. La sanción debe establecerse en los siguientes criterios:

  • Intención del acusado.
  • Grado de culpabilidad.
  • Contexto.
  • Continuación de la conducta delictiva.
  • Perjuicios y consecuencias del acto cometido así como su naturaleza.
  • Reincidencia.

Características del principio de proporcionalidad

Normalmente, el principio de proporcionalidad se funda en un sentido amplio y estricto, donde se comprenden tres características fundamentales:

el principio de proporcionalidad
  1. El juez debe implementar medidas o sanciones de acuerdo a la gravedad del acto cometido por el acusado.
  2. No imponer medidas innecesarias pues se estaría incurriendo en la injusticia. Para evitar esta situación se debe cumplir con tres requisitos:
  3. Seleccionar en el momento de la pena abstracta la exigencia menos grave para así precisar correctamente la pena en concreto.
  4. El juez o legislador no tiene el deber de castigar todos los actos delictivos cometidos sino los que van contra el bien jurídico. Se acude al Derecho Penal (DP) cuando sean agresiones extremadamente graves e intolerables.
  5. El DP solo interviene de manera fraccionaria y secundaria cuando ya no hay más opciones pues lo implementado no ha protegido el bien jurídico.
  6. El juez tiene que realizar un equilibro o valoración de la pena establecida, junto su gravedad y la finalidad de la misma.

¿Qué opinas del principio de proporcionalidad? Respóndenos en la sección de comentarios y no olvides compartir este artículo en tus redes sociales.

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